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  Juicio y Castigo
 

Declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad

 


 

 

Necesitamos una gran movilización para imponer Juicio y Castigo

  La declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad (1) por parte de la Asamblea General y votado en forma unánime por el Frente Amplio – Encuentro Progresista, se efectuó ante la consulta de la Suprema Corte de Justicia, para un único caso, el de la militante comunista Nibia Sabalsagaray asesinada en 1974.

  Esta Ley, impide el juzgamiento de militares y civiles vinculados al golpe de Estado, y permite que asesinos y torturadores permanezcan en libertad. De todas, maneras esta declaración de inconstitucionalidad del Parlamento, no tiene ningún efecto, ya que deberá ser la Suprema Corte, la que ahora decida si aplica o no esta Ley para este único caso.

 

Mientras la mayoría de la militancia frenteamplista y varios sectores  populares juntan firmas para la derogación de esta Ley, toda la dirigencia del Frente Amplio, se limitó a a votar su incostitucionalidad, que se reduce a una declaración publica.

 

¿Podían haber hecho algo diferente los dirigentes parlamentarios del Frente Amplio?

  Sí, como quedó demostrado cuentan con la mayoría de legisladores para hacerlo, y si en vez de la inconstitucionalidad se hubiese votado la derogación, la Ley de Caducidad se anularía y  se habilitaría el juicio a todos los involucrados en el golpe de Estado: militares, civiles, asesinos y torturadores.

 

Esta Ley además fue posible, ya que a la salida de la dictadura existió un acuerdo, el Pacto del Club Nabal (2) y la llamada acta 19, la cual fue firmada por el Frente Amplio, el Partido Colorado y la Unión Cívica, lo cual permitió que los militares y civiles golpistas no fueran juzgados y permanecieran en sus cargos. La Ley de Caducidad, fue luego aprobada por el Parlamento uruguayo el 22 de diciembre de 1986 con los votos de legisladores de los partidos Blanco, Colorado y la oposición del el ahora gobernante Frente Amplio.

 

 Izquierda Socialista de los Trabajadores impulsa la anulación de esta Ley, pero somos concientes de que la única garantía para que su derogación haga efectivo el juicio y castigo de asesinos y torturadores, será si existe la organización de una gran lucha y movilización que tenga continuidad hasta imponerlo.

 

 También afirmamos, que estas instituciones, el Parlamento y la “Justicia” que llevan más de 23 años funcionando luego del golpe de Estado no son garantía de que esto se cumpla. Por ello proponemos que se formen Jurados Populares, de los cuales formen parte los familiares de las victimas del terrorismo de Estado, las organizaciones de Derechos Humanos y el PIT-CNT. Solo de esta manera y con una gran lucha de fondo se logrará castigar a todos los asesinos, torturadores y sus cómplices.

 

Juan Ranchos

 1) La Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado fue aprobada por el Parlamento uruguayo el 22 de diciembre de 1986 con los votos de legisladores de los partidos Blanco y Colorado y la oposición del ahora gobernante Frente Amplio.

 La norma impide procesar y condenar a militares y policías que cometieron secuestros, torturas, violaciones de detenidas, asesinatos, ocultamientos de cadáveres y otros crímenes entre 1973 y 1985.

 

 2)  Pacto del Club Naval, negociación secreta efectuada entre los dictadores militares y los representantes del Frente Amplio y los partidos Colorado y Unión Cívica que condicionó el retorno a la democracia luego de once años de dictadura civil-militar. En el se acuerda la permanencia de los golpistas en sus cargos a la salida de la dictadura , la proscripción de partidos y dirigentes en las elecciones de 1985 y será la antesala de la Ley de Caducidad. En las conversaciones, que duraron varios meses, participaron los comandantes del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada Nacional: Hugo Medina, Manuel Buadas y Rodolfo Invidio (respectivamente); los frenteamplistas José Pedro Cardoso y Juan Young, los colorados Julio María Sanguinetti, Enrique Tarigo y José Luis Batlle, y los cívicos Vicente Chiarino y Humberto Ciganda.

 


 
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